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      Tres Arroyos: Condenan a un hombre a 12 años de prisión por corrupción de menores

      El imputado admitió que tales prácticas eran habituales en el ámbito familiar, bajo la forma de “bromas”

      3 de marzo de 2026 | 17:24
      Poder judicila de Tres Arroyos
      Poder judicila de Tres Arroyos
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      El Tribunal Oral Criminal de Tres Arroyos condenó a un hombre a la pena de 12 años de prisión por corrupción de menores en perjuicio de dos de sus hijos menores de edad, con quienes convivía en la localidad de Tres Arroyos.

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      Según la causa, investigada por la UFIJ N° 6 a cargo de la fiscal Natalia Ramos, los hechos se desarrollaron entre entre el año 2019 y 2023 cuando el hombre realizó diversas prácticas de índole sexual respecto de sus hijos, que consistía en tocamientos que involucraban las partes íntimas, en supuesta forma de juego, recostarse sin ropa con los menores, sumado a la filmación y tocamiento de partes íntimas.

      Esas prácticas se sucedían de manera continua, en el interior de la vivienda que compartían  al punto que los menores naturalizaban esas situaciones.

      En el fallo, el juez Hugo de Rosa señala: “Es sabido, que en relaciones atravesadas por una marcada asimetría de poder, la ausencia de resistencia no equivale a voluntariedad libre”.

      “Debe ponderarse, además, que la reiteración de este tipo de conductas surge no sólo de los dichos delos menores sino también del propio reconocimiento del imputado, quien admitió que tales prácticas eran habituales en el ámbito familiar, bajo la forma de “bromas”, dejando abierto un interrogante preocupante e inquietante, puesto sobre la mesa por la Sra. Agente Fiscal, en cuanto se preguntaba sobre lo que habría sucedido antes o después de esos videos, en especial al exhibido en segundo término”- en el cual se aprecia una situación en la que el menor no manifiesta iniciativa ni entusiasmo y el adulto dirige la interacción y aplica castigos ante su negativa-.

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      El magistrado detalla además que “La reiteración, la dirección de la conducta por parte del adulto responsable, la asimetría estructural propia del vínculo, la naturalización advertida por los peritos y la decisión de registrar las escenas permiten inferir que el imputado actuó con conocimiento de la naturaleza objetiva de sus actos sus consecuencias en el desarrollo normal de sus hijos generando una situación jurídicamente relevante de peligro en tal sentido”.

      El hombre fue condenado como autor penalmente responsable del delito de corrupción de menores agravada.

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