Narcomenudeo: penas de hasta 4 años y dos meses de prisión en Tres Arroyos
Penas de hasta 4 años y 2 meses de prisión
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Dos sujetos acusados de comercializar estupefacientes bajo la modalidad de narcomenudeo, fueron condenados por la Justicia tresarroyense a penas de hasta cuatro años y dos meses de prisión. Se trata de Omar Osvaldo Olivera (50), quien fue hallado penalmente responsable del delito de “comercialización de estupefacientes” y recibió una pena de cuatro años y dos meses de prisión, mientras que Carlos Alberto Strasser (61), también resultó condenado en primera instancia a la pena de cuatro años de prisión por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, ambas imputaciones según lo establecido por el artìculo 5 inciso C de la ley n° 23737.
Las penas dictadas por la jueza Agustina Cedeira, coincidieron con lo requerido en sus alegatos por el fiscal de Instrucción y Juicio, doctor Gabriel Lopazzo, al cierre del debate celebrado el pasado 6 y 7 de mayo en la sala de juicio orales “Doctor Eduardo Ricardo Ruppell” y conocido en las últimas horas, mientras que las defensas de ambos imputados, representados en las doctoras Elisa Hospitaleche en Olivera y Laura Pereyra, del Ministerio Público de la Defensa, en el caso de Strasser, habían solicitado la libre absoluciòn de sus clientes.
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Según quedó establecido en las dos jornadas celebradas en la sala de jucios orales ubicada en la calle 25 de Mayo 160.
Entre los argumentos de la sentencia se destacan que las explicaciones y justificaciones vertidas por los imputados al ejercer su defensa no fueron suficientes para desvirtuar la imputación que les fuera formulada en su contra.
Denuncia e investigación
Según consta en el expediente al que tuvo acceso LA VOZ DEL PUEBLO, la reconstrucción de los hechos y la participación que le cupo a los encausados en los mismos, fue posible a partir del análisis integral y convergente tanto del testimonio prestado por la persona que oportunamente llevó a cabo la denuncia anónima en sede de la Fiscalía y que diera origen a la presente causa, como de la multiplicidad de indicios concordantes y convergentes reunidos.
En síntesis, se valoraron las tareas investigativas llevadas a cabo y los procedimientos policiales desplegados en consecuencia (observaciones, visado de cámaras de seguridad y registros domiciliarios), como lo que emerge de las escuchas telefónicas efectuadas (de las que se desprenden frases y prácticas que dan cuenta de la venta de la sustancia prohibida), sumado a la forma en que se encontraba la sustancia estupefaciente secuestrada (bochas de cocaína, dentro de envoltorios de nylon existentes en una mesa y tapadas con una campera), conjuntamente con los restantes elementos hallados y recogidos en oportunidad de practicarse el correspondiente registro domiciliario (más recortes de nylon, teléfonos celulares y dinero en efectivo), permitieron descartar la simple tenencia, y más aún la tenencia para consumo personal, y concluir la finalidad de comercialización de la misma.
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Ahora, la Defensa de los condenados, que llegaron libres al juicio oral tras pasar seis meses detenidos con prisión preventiva, tienen la posibilidad de apelar la sentencia en primera instancia ante el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, instancia en la que la pena podría quedar firme y ser de efectivo cumplimient

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