La Justicia de Santa Cruz habilitó a Cristina Kirchner a votar
El Juzgado Federal de Río Gallegos declaró inconstitucional la prohibición que pesaba contra la expresidenta por su condena en la causa Vialidad. Ahora, debería pedir autorización al TOF2 para viajar y emitir su voto.
En Argentina, una persona condenada penalmente con pena de prisión mayor a tres años queda inhabilitada para votar por aplicación automática de los artículos 12 y 19 del Código Penal y del artículo 3 inciso e) del Código Nacional Electoral.
“Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, sostiene el fallo firmado por Mariel Borruto.
Tras recibir la notificación, Borruto, que se encuentra subrogando dicho juzgado, resolvió declarar la inconstitucionalidad de dichos artículos y, como argumento, utilizó jurisprudencia de la CNE, como el Caso Zelaya, donde se resolvió que esas normas violan derechos fundamentales, como el derecho al voto, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización.
La decisión todavía puede ser apelada por el fiscal del caso y, en ese caso, deberá intervenir la Cámara Nacional Electoral para resolver si mantiene la mantiene en el padrón o la excluye como lo solicitó el TOF.
La CNE admitió en reiteradas oportunidades quejas por la prohibición automática que ordena la ley aunque justificó su aplicación en delitos graves como lavado de activos, malversación de fondos públicos, narcotráfico, defraudación contra la administración pública o corrupción, delito por el que fue condenada Cristina Kirchner.
En caso de que Cristina Kirchner decida ejercer su derecho al voto, debería pedirle autorización al Tribunal Oral Federal 2, a cargo del juez Jorge Gorini, para que le permitan viajar a Santa Cruz.
Con información de TN