Dos médicos irán a juicio oral por la muerte de una joven tras una cesárea en el Hospital Pirovano
El trágico caso ocurrió en nuestra ciudad en el año 2020. La víctima, de 25 años, sufrió una infección que no fue detectada a tiempo. La Justicia rechazó los pedidos de sobreseimiento y confirmó la elevación a juicio de los profesionales
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El 15 de mayo de 2020, unas semanas después de haber dado a luz mediante una cesárea, María Eugenia Gómez de Saravia, de apenas 25 años, falleció en el Hospital Pirovano de nuestra ciudad.
La Sala I de la Cámara Penal de Bahía Blanca rechazó el sobreseimiento de los médicos Guido Potente y Luis Fernando Pérez, y ordenó que ambos vayan a juicio oral imputados por el delito de homicidio culposo, ratificando así lo actuado previamente por el Juzgado de Garantías local.
Argumentos defensivos rechazados
Los planteos presentados por la defensa de los profesionales no lograron prosperar. Germán Soria, abogado de Potente, había considerado "arbitraria" la decisión judicial, alegando que la investigación fue "deficitaria y parcializada" y que no se demostró el nexo causal entre el fallecimiento y la atención prestada. Por su parte, Daniel González Stier, defensor de Pérez, sostuvo que la prueba era insuficiente para ir a juicio y que todo fue producto de un "análisis de evidencias incompletas".
Sin embargo, los camaristas Gustavo Barbieri y Cristian Yesari desestimaron estas posturas, considerando que los argumentos centrados en la fecha de origen de la infección y en la actividad de otros profesionales no resultaban suficientes para justificar la revocación de la medida.
De acuerdo con la reconstrucción del caso que consta en el expediente, encontrándose en estado de puerperio y con dificultades físicas, Gómez de Saravia fue atendida el 16 de abril de 2020 por el doctor Pérez y, días más tarde, el 25 de abril —ya con estado febril y dolor abdominal— por el doctor Potente.
Los jueces explicaron en su resolución el accionar de los imputados: "El primero de ellos, ante esos síntomas, prescribió ibuprofeno y diclofenac, otorgándole el alta, y el segundo le recetó cefalexina, enviando a la paciente a su hogar". En el fallo se destaca una omisión considerada clave: "Ninguno dispuso otros estudios complementarios, ni efectuó una interconsulta con el servicio de ginecología".
Las pericias y los testimonios recabados durante la etapa de instrucción resultaron contundentes para la Cámara:
Rodríguez Forgues (perito médico): Indicó que la fiebre en una paciente puérpera "puede ser una complicación".
Elis Eladia Yema (auxiliar de enfermería del Hospital Pirovano): Refirió en la causa que "debería haberse dado aviso al sector de ginecología al ser una puérpera con 38 de fiebre".
Rubén Neme (médico de la Asesoría Pericial de La Plata): Explicó que la principal causa de infección puerperal es la endometritis, y que la cesárea constituye su principal factor de riesgo. Advirtió que ante esos cuadros es imperioso internar a la paciente para iniciar un tratamiento antibiótico precoz, dado que de lo contrario puede derivar en sepsis, shock séptico, fallo multiorgánico e incluso la muerte.
Cuando la joven regresó para su internación final el 27 de abril, relató síntomas compatibles con "un cuadro de infección intraabdominal, útero perforado o infección uterina". Finalmente, los especialistas establecieron que la infección se había originado efectivamente en el lecho placentario por endometritis.
La confirmación del nexo causal
Para la Justicia, las pruebas aportadas demostraron una clara "vinculación causal" entre la intervención quirúrgica y el riesgo de infecciones. La Asesoría Pericial concluyó que el proceso infeccioso comenzó tras el alta de la cesárea y presentó manifestaciones que "no fueron jerarquizadas en las consultas por guardia", lo que impidió lograr un diagnóstico precoz y un tratamiento oportuno.
En este sentido, la Cámara consideró plenamente acreditado que los dos médicos imputados omitieron el adecuado diagnóstico y control del estado de salud de la víctima. "Han constituido conductas violatorias de los deberes de cuidado que les eran exigidos por su función como médicos de guardia hospitalaria y que han resultado causalmente determinantes del resultado", concluyeron los magistrados. (Fuente: La Nueva)

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