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      Dorrego apelará el fallo que frena el kitesurf en la desembocadura de Marisol

      Presentará un recurso ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, después que la justicia bahiense –a pedido de un grupo de vecinos de la localidad balnearia- resolviera prohibir esos deportes acuáticos en la salida al mar del río Quequén Salado

      16 de junio de 2026 | 20:26
      Un grupo de vecinos emprendió una acción judicial contra una ordenanza que permite la práctica de kitsurf y windsurf en la desembocadura del río Quequén Salado, una actividad que turísticamente le aporta interés a otra parte de la comunidad
(Foto de North Beach Kite School)
      Un grupo de vecinos emprendió una acción judicial contra una ordenanza que permite la práctica de kitsurf y windsurf en la desembocadura del río Quequén Salado, una actividad que turísticamente le aporta interés a otra parte de la comunidad (Foto de North Beach Kite School)
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      El municipio de Coronel Dorrego presentará su apelación ante la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata, buscando revertir el revés judicial sufrido en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, que prohíbe la actividad de kitesurf y windsurf en Marisol.

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      La controversia se centra en la ordenanza 4775/25, sancionada a fines de 2025 con el objetivo de regular la práctica de kitesurf y windsurf en el destino de playa dorreguense.

      Sin embargo, lo que el Ejecutivo municipal consideró una herramienta para el "desarrollo armónico y seguro" de la zona, fue visto por un grupo de vecinos y la abogada Verónica García Christensen como una amenaza directa al ecosistema y a la seguridad de los veraneantes.

       

      El origen de la disputa

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      La causa se inició cuando García Christensen, actuando en representación de residentes y turistas, presentó una demanda solicitando la nulidad de la ordenanza y el cese preventivo de las actividades.

      Los argumentos presentados ante el juez Agustín López Coppola fueron se apoyaron en que la práctica de estos deportes en la desembocadura del Río Quequén Salado -área declarada Paisaje Protegido por la Ley 12.707- se realizaba sin las medidas de seguridad adecuadas y, fundamentalmente, sin un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo.

      Asimismo la documentación aportada por vecinos describía un escenario de conflicto creciente. Se mencionaron incidentes como el ocurrido en el verano de 2023, cuando un deportista se estrelló contra el vehículo de una familia en la orilla.

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      También informes biológicos advirtieron que las velas y cometas generan un “disturbio antropogénico” para las aves migratorias, que las confunden con depredadores aéreos, provocando el abandono de sus sitios de descanso y alimentación.

       

      El fallo

      El pasado 27 de mayo de 2026, el juez López Coppola dictó sentencia definitiva que declaró la nulidad parcial de la ordenanza 4775/25, específicamente en lo que respecta a la delimitación de las zonas de práctica, por no haber cumplido con el procedimiento de evaluación ambiental exigido por la Ley 12.704.

      El magistrado sostuvo que mientras el municipio argumentó que la norma solo buscaba regular una actividad preexistente para mejorar la convivencia, la justicia determinó que el cumplimiento del Estudio de Impacto Ambiental es “exigible” para garantizar que no se alteren las condiciones del río, su flora y su fauna.

      En consecuencia, el fallo ordenó el cese inmediato de la práctica de kitesurf y windsurf en el sector de la desembocadura.

       

      Hacia Mar del Plata

      Desde el municipio dorreguense la respuesta no se hará esperar. En parte, la defensa que encabeza la abogada Micaela De Battista, viene sosteniendo que no se acreditó un daño ambiental “concreto, actual o inminente” y que la ordenanza buscaba, precisamente, proteger a los bañistas diferenciando los espacios de uso.

      Con estos argumentos la comuna elevará la causa a la ciudad de Mar del Plata donde los jueces de la Cámara de Apelaciones deberán decidir si mantienen la restricción en favor de la preservación ambiental y el “derecho al uso y costumbre” de quienes hace décadas son asiduos concurrentes a la desembocadura, o si dan lugar a la reglamentación municipal que busca integrar los deportes de riesgo en la oferta turística de Marisol.

       

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