Diez años de prisión por abusar de la nieta de su ex pareja
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Luego de que un jurado popular declarara culpable en nuestra ciudad a un hombre acusado de abusar de la nieta de su entonces pareja en nuestra ciudad, el juez Hugo Adrián De Rosa le impuso la pena de 10 años de prisión.
Según la causa, los hechos ocurrieron entre los años 2016 y 2019, cuando según lo determinó el Jurado, Roberto Quintana (69) habría abusado a través de tocamientos en reiteradas oportunidades hasta llegar al acceso carnal de la niña, quien tenía entre 14 y 16 años.
Las situaciones se produjeron en el interior del domicilio del hombre y un local comercial de su propiedad, cuando la víctima se encontraba bajo su cuidado.
Durante el juicio celebrado en la sala acondicionada para juicios bajo la modalidad por Jurados en Istilart 46, declararon otras mujeres integrantes de la familia quienes también fueron víctimas de las actitudes abusivas por parte del imputado, aunque los hechos se encontraban prescriptos para la justicia.
“NO CULPABLE”
BAHIA BLANCA.- Un Jurado popular emitió un veredicto de “no culpable” a un hombre al que acusaban de haber abusado sexualmente de sus dos hijas menores de edad en Bahía Blanca.
Según la causa, que fue investigada por la UFIJ N.º 14 a cargo del fiscal Marcelo Romero Jardín, el hombre, cuyos datos filiatorios nunca trascendieron a los efectos de proteger a las presuntas víctimas, habría abusado de las niñas entre los años 2013 y 2019, cuando ellas tenían entre en 10 y 17 años edad de edad, aprovechando diversas situaciones para efectuarles tocamientos en sus partes íntimas y someterlas a diferentes hechos abusivos.
La denuncia de la causa que comenzó a ser juzgada el pasado lunes, fue realizada en el 2021 por la madre de las víctimas luego de que ellas relataron lo que supuestamente habían vivido en manos de su padre durante esos años, aprovechando una discusión que se había generado con motivo de la separación de la pareja.
El sospechoso llegó a juicio acusado de seis hechos de “abuso sexual simple, reiterado, doblemente agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad-Hechos I, II y III-, en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad -Hechos IV, V y VI-“.
Tras dos jornadas de debate, el Jurado emitió un veredicto de “no culpabilidad” sobre el imputado. (ANJ)
