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      Chaves comenzó a aplicar la normativa nacional para el control de monopatines y vehículos eléctricos

      La regulación alcanza a los vehículos de una o más ruedas destinados al traslado de personas y autopropulsados por motorización eléctrica u otros sistemas

      30 de abril de 2026 | 13:52
      La regulación alcanza a los vehículos de una o más ruedas destinados al traslado de personas y autopropulsados por motorización eléctrica u otros sistemas
      La regulación alcanza a los vehículos de una o más ruedas destinados al traslado de personas y autopropulsados por motorización eléctrica u otros sistemas
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      En línea con las disposiciones impulsadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), el municipio vecino de Adolfo Gonzales Chaves anunció la aplicación a nivel distrital de la normativa que regula la circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) eléctricos. Esta medida busca ordenar el uso de estos transportes en la vía pública y reforzar la seguridad en el tránsito.

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      La regulación alcanza a los vehículos de una o más ruedas destinados al traslado de personas y autopropulsados por motorización eléctrica u otros sistemas (como es el caso de los monopatines eléctricos). Quedan excluidas de esta categoría las bicicletas tradicionales, las bicicletas con pedaleo asistido, los vehículos para personas con movilidad reducida y aquellos rodados ya contemplados específicamente por la Ley Nacional de Tránsito.

      Desde la ANSV destacaron que el crecimiento sostenido en la utilización de estos nuevos medios de transporte hace necesario avanzar en reglas claras de circulación, promoviendo una movilidad que sea moderna y sustentable, pero también segura y responsable.

       

      Requisitos obligatorios para los vehículos

      Para poder transitar por la vía pública, los VMP eléctricos deberán contar obligatoriamente con:

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      Sistema de frenos: Debe ser eficiente y permitir una detención total y segura.

      Iluminación reglamentaria: Luz delantera blanca y luz trasera roja, que deben permanecer encendidas durante toda la marcha.

      Alerta sonora: Una bocina que sea claramente perceptible para el resto de los usuarios de la vía.

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      Velocidad máxima: El límite de circulación es de 30 km/h, el cual no podrá superarse en ningún caso.

       

      Obligaciones para los conductores

      La normativa también establece pautas estrictas para quienes utilicen estos vehículos:

      Edad mínima: Solo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años.

      Protección personal: Es obligatorio el uso de un casco homologado (con su certificación correspondiente) y de un chaleco reflectivo o de alta visibilidad, elemento clave para horarios nocturnos.

      Ocupación: Solo podrá circular una persona por vehículo. Está totalmente prohibido llevar acompañantes, transportar cargas o animales.

      Cero distracciones: No se pueden utilizar teléfonos móviles, auriculares ni otros dispositivos mientras se conduce.

      Alcohol Cero: Rige la prohibición absoluta del consumo de alcohol y drogas al volante, con la obligación de someterse a los controles de tránsito que determine la autoridad competente.

      Con la implementación de esta normativa, el municipio chavense busca acompañar la transformación de la movilidad urbana, remarcando que la innovación en el transporte debe ir de la mano con un fuerte compromiso por la seguridad vial de toda la comunidad.

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