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      Restablecimiento del servicio pleno en el Juzgado de Paz

      20 de junio de 2020 | 14:33
      Restablecimiento del servicio pleno en el Juzgado de Paz
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      La Suprema Corte de Justicia estableció -por medio de la resolución Nº 583/20- las condiciones para la habilitación y funcionamiento pleno del servicio de Justicia de Paz en juzgados con sede en 33 partidos de la Provincia de Buenos Aires encuadrados dentro de las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Entre ellos se encuentra el de San Cayetano. 

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      Las condiciones establecidas para la habilitación de esta nueva fase de funcionamiento de los Juzgados de Paz, son las siguientes: hallarse dentro de uno de los partidos alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por los decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 520/20 y 2 y el Poder Ejecutivo Provincial Nº 498/20, cumplimentando los requisitos fijados en función de los parámetros epidemiológicos y sanitarios. 
      Se debe contar con protocolo aprobado para el ejercicio de la abogacía en el municipio o a nivel provincial; ajustarse a las decisiones sanitarias establecidas por las autoridades nacionales y provinciales competentes en la materia; observar las reglas de funcionamiento operativas que se establezcan en torno a cómo administrar la labor jurisdiccional, en consonancia con las recomendaciones en materia de seguridad e higiene. 
      Asimismo se debe cumplir con las directrices fijadas en el protocolo general de actuación para la prevención y seguimiento del Covid-19 en el ámbito de la jurisdicción de administración de justicia aprobado por resolución SPL Nº 05/20; respetar las observaciones y ajustes que se propongan desde las autoridades competentes, en razón del monitoreo y fiscalizaciones que se realicen. 
      Los organismos alcanzados por esta disposición, funcionarán bajo las pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados de Paz, previstas en la presente resolución. 
      Igualmente, entre otras disposiciones, la resolución contempló la prórroga, hasta el 17 de julio inclusive, de las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de género, restricción a la capacidad o respecto de adultos mayores, salvo que el juez de la causa tome una decisión en contrario en el caso en concreto y/o que la propia víctima o parte solicite su cese o una medida distinta. 
      Además del Juzgado de Paz de San Cayetano, restablecen también su servicio en plenitud los correspondientes a los partidos de Coronel Dorrego, Bolívar, General La Madrid, Las Flores, Rauch, Tapalqué, Coronel Rosales, Monte Hermoso, Patagones, Saavedra, Maipú, Pinamar, Chacabuco, Florentino Ameghino, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, Leandro N. Alem, Lincoln, Rojas, Monte, Roque Pérez, Navarro, Nueve de Julio, Colón, Arrecifes, Carlos Casares, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Pellegrini y Rivadavia.  
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