Una albufera fuera de control
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Una ordenanza aprobada en abril de 2012 declaró Paisaje
Protegido a la Albufera de Reta. Pero las imágenes que
ayer asomaron en las redes sociales, volvieron a dar un
enorme baño de realidad a pobladores y a turistas que
valoran la riqueza natural única en la región con la que
cuenta el destino turístico.
No alcanza con que en el Concejo Deliberante se solicite
de parte de los bloques de la oposición la colocación de
cartelería, y una actividad de control de parte de las
autoridades municipales tresarroyenses, que tienen en la
letra de la ordenanza los pasos a seguir para conservar
uno de los valores que hacen distinto a Reta, del resto de
las localidades balnearias de la zona.
de parte de los bloques de la oposición la colocación de
cartelería, y una actividad de control de parte de las
autoridades municipales tresarroyenses, que tienen en la
letra de la ordenanza los pasos a seguir para conservar
uno de los valores que hacen distinto a Reta, del resto de
las localidades balnearias de la zona.
“La municipalidad de Tres Arroyos prohíbe “la caza, pesca, extracción de almejas o cualquier otra actividad depredadora de la fauna del lugar”.
Se prohíbe
En el segundo artículo de la ordenanza se indica que los
objetivos de la declaración de Paisaje Protegido, son:
brindar oportunidades para educación, recreación y
turismo; conservar muestras de los paisajes originarios en
buen estado de conservación que contribuyan a mantener
los procesos naturales de la región; y que por su valor
ecológico, conservacionista o trascendencia cultural,
conservar el hábitat de especies características de la flora
nativa y la fauna autóctona.
objetivos de la declaración de Paisaje Protegido, son:
brindar oportunidades para educación, recreación y
turismo; conservar muestras de los paisajes originarios en
buen estado de conservación que contribuyan a mantener
los procesos naturales de la región; y que por su valor
ecológico, conservacionista o trascendencia cultural,
conservar el hábitat de especies características de la flora
nativa y la fauna autóctona.
Pero también prevé proteger sitios históricos, yacimientos
arqueológicos y paleontológicos, lugares de especial valor
comunitario; facilitar la investigación; incentivar la
participación ciudadana en la gestión de recursos
naturales.
Los derechos adquiridos
arqueológicos y paleontológicos, lugares de especial valor
comunitario; facilitar la investigación; incentivar la
participación ciudadana en la gestión de recursos
naturales.
Los derechos adquiridos
La cartelería que menciona las prohibiciones de la ordenanza que no se respetan ni controlan
En el tercer articulo pone en conocimiento que la
ordenanza “no implica el desconocimiento de derechos
regularmente adquiridos con anterioridad a la creación de
la figura Paisaje Protegido de alcance Municipal de la
Albufera del Balneario Reta, ni la modificación del carácter
de las actividades que se desarrollan hasta el momento”.
ordenanza “no implica el desconocimiento de derechos
regularmente adquiridos con anterioridad a la creación de
la figura Paisaje Protegido de alcance Municipal de la
Albufera del Balneario Reta, ni la modificación del carácter
de las actividades que se desarrollan hasta el momento”.
En el siguiente, explica que “en todos los casos se inducirá
a los propietarios de tierras privadas al ejercicio de
actividades acordes a un manejo sustentable de los
recursos naturales existentes”.
a los propietarios de tierras privadas al ejercicio de
actividades acordes a un manejo sustentable de los
recursos naturales existentes”.
“Están prohibidas las actividades recreativas que impacten sobre el medio natural: tránsito de cualquier vehículo de 2, 3 ó 4 ruedas, actividades náuticas, etc; y las actividades comerciales o industriales que alteren el medio ambiente. Y tampoco arrojar residuos”.
El estado prohíbe
Y sobre todo en el quinto artículo resuelve que la
municipalidad de Tres Arroyos prohíbe “la caza, pesca,
extracción de almejas o cualquier otra actividad
depredadora de la fauna del lugar”.
Pero también no permitirá “las actividades recreativas que
impacten sobre el medio natural: tránsito de cualquier
vehículo de 2, 3 ó 4 ruedas, actividades náuticas, etc; y las
actividades comerciales o industriales que alteren el medio
ambiente. Y tampoco arrojar residuos”.
municipalidad de Tres Arroyos prohíbe “la caza, pesca,
extracción de almejas o cualquier otra actividad
depredadora de la fauna del lugar”.
Pero también no permitirá “las actividades recreativas que
impacten sobre el medio natural: tránsito de cualquier
vehículo de 2, 3 ó 4 ruedas, actividades náuticas, etc; y las
actividades comerciales o industriales que alteren el medio
ambiente. Y tampoco arrojar residuos”.
