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      Correo previsional

      27 de febrero de 2017 | 21:00
      Correo previsional
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      – Consulta: ¿Puedo volver a trabajar si me retiré por invalidez? (Roberto, de Tres Arroyos)

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      – Sí, siempre que se trata de una actividad económica autónoma o independiente. En cambio si la Anses detecta que se vuelve a trabajar bajo relación de dependencia debe suspender el pago de la jubilación y citar al interesado a que brinde las explicaciones del caso.

      – Consulta: Mi marido y yo tenemos más de 80 años y a él ya le dieron el aumento de la reparación histórica, mientras que a mí me sigue figurando que vuelva a consultar, ¿cómo se puede reclamar? (Norma, de Tres Arroyos)

      – En primer lugar, seguramente en breve la Anses resolverá su caso y le hará la propuesta de aumento de la Reparación Histórica, porque por reglamentación los adultos mayores tienen prioridad, más aún si cobran haberes mínimos o bajos.

      Desde que comenzó el plan de la Anses se intentó dar respuesta primeramente a los adultos mayores pero lamentablemente la cantidad de casos a resolver hacen que aún hoy existan algunos pendientes.

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      Nuestra recomendación es acercarse a la oficina de Anses para hacer el reclamo ya que se está poniendo en marcha un canal de consultas y reclamos vía internet.

      – Consulta: ¿Por qué en mi último recibo de haberes dice abajo que debo presentarme en Anses a actualizar los datos del matrimonio en 60 días o me suspenden el pago de la pensión por viudez, si la cobro hace más de 10 años? (Olga, de Tres Arroyos)

      – Todo esto sucede porque habitualmente el sistema informático de la Anses no tiene todos los datos personales y familiares cargados o actualizados. Por más engorroso que sea hay que cumplir con la actualización de los datos familiares, porque si llegan a suspender el pago del beneficio de pensión por viudez vamos a tener un dolor de cabeza para lograr volver a cobrar y recuperar lo atrasado.

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      Lo positivo es que el trámite es sencillo y se realiza personalmente sin turno en la oficina de la Anses, primero se controlan los datos personales (nombre completo, fecha de nacimiento, tipo y número de documento, domicilio, etc.) y luego las relaciones familiares (cónyuge, hijos menores, etc.) y se le informa qué partidas o certificados se necesitan y en caso de no tenerlas se retiran gratuitamente del Registro de las Personas.

       Abogado matriculado en la Anses Nº 31.751

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