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Un juez suspendió un artículo de la ley que impide las reelecciones indefinidas

Un fallo judicial podría ser la llave para que vuelva la reelección indefinida de los intendentes bonaerenses, dada de baja por una ley de 2016 -aprobada durante la gestión de María Eugenia Vidal- que impide que los jefes comunales ejerzan más de dos mandatos consecutivos. 
La normativa afecta del mismo modo a concejales y consejeros, senadores y diputados.

Se trata de un amparo presentado por una concejal del partido de Malvinas Argentinas que recibió una resolución favorable de un Tribunal Contencioso Administrativo de San Martín. La resolución, de ser confirmada, habilitará a todos los funcionarios elegidos en 2015 y reelegidos en 2019 a presentarse por un nuevo mandato en 2023. 

El juez Jorge Anibal Ocampo resolvió suspender cautelarmente la aplicación del art. 7 de la ley provincial 14.836 y su decreto reglamentario 265/19. Dicho artículo dispone que el período vigente al momento de la sanción de la ley será contado como “primer período” a los efectos de limitar la reelección.
El caso se trata de una acción declarativa iniciada por la concejal del partido de Malvinas Argentinas, Andrea Carina Pavón, contra la provincia de Buenos Aires y la Honorable Junta Electoral provincial, con el fin de hacer cesar el artículo 7 de la ley 14.846 y su decreto reglamentario. 
Además solicitó la declaración de inconstitucionalidad de ambos, y su suspensión de manera cautelar.

En su demanda, la funcionaria señaló que se trata de la aplicación retroactiva de una norma y, por ello, inconstitucional. Así, su primer período como concejal quedaría regido por el art. 3º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que no limitaba la reelección.

También entendió que la reforma atenta contra la autonomía municipal, que vulnera términos electorales anteriores, así como el principio de legalidad y el de razonabilidad (arts. 18 y 28 CN), y el derecho a elegir y ser elegido/a. 
El magistrado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, entendiendo que la verosimilitud del derecho se encuentra configurada ya que “sin certeza sobre la vigencia y contenido de la ley (…) no existe seguridad jurídica (…). La ley está subordinada a las garantías constitucionales; y los actos de la autoridad administrativa a la ley. De lo contrario (…) la discrecionalidad y la arbitrariedad sustituirían a la certidumbre de los derechos y a la estabilidad jurídica. En otras palabras, desaparecerían garantías constitucionales”. 
Otras vías: licencia, proyecto de ley y derogación
En tanto, al menos 17 intendentes actuaron de antemano y ya se tomaron licencia para poder presentarse en 2023, dado que la ley vigente sí habilita a postularse a los funcionarios que no estuvieron en el cargo durante más de dos años y un día. Quienes no se apuraron perdieron el tren: la chance se agotó el lunes.

Las ganas de recuperar lo perdido van más allá del terreno judicial. 

El diputado provincial del Frente de Todos Walter Abarca presentó la semana pasada un proyecto de ley que busca modificar la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Lo cierto es que casi 90 de los 135 intendentes de la provincia de Buenos Aires, no podrán presentarse como candidatos para ser reelectos en 2023. Además, la mayoría de ellos integran Juntos, la alianza entre el PRO y la UCR. 

Algunos apuestan directamente a derogar la ley 14.836 que estableció el límite de dos mandatos y a la cláusula transitoria, la del artículo 7, que especificó que el periodo en curso cuando se aprobó la norma contaba como primer mandato. Otros, menos pretenciosos, van por la derogación de ese artículo para que el periodo 2015-2019 no sea computado como primer mandato ya que la ley se aprobó en 2016, de modo que podrían volver a ser candidatos en 2023 aunque tendría la limitación en el 2027. 
Tanto la derogación como dar debate legislativo a la modificación de la ley generan resistencia entre quienes responden tanto a Sergio Massa como a María Eugenia Vidal, entre otros. (DIB).
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