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Denuncia de Ni Una Menos y de la APDH a personal municipal

Con el apoyo y el asesoramiento de la filial local de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Colectiva Feminista Ni una Menos denunció ayer por mañana, mediante la presentación de una nota en Mesa de Entradas de la Municipalidad, que personal de Prevención Ciudadana tomó fotografías y filmó con al menos un teléfono celular la marcha realizada por el Día de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, el pasado 25 de noviembre. 

En el comunicado se indicó: “Es importante señalar que la conducta descripta es violatoria de la ley 25.326, de protección de datos personales, que en su artículo 7 inciso 3 estipula: ‘Queda prohibida la formación de archivos, bancos o registros que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles…’ Su artículo 2 define datos sensibles como ‘Datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual’”. 
En línea con lo antes expresado, la legislación internacional con raigambre constitucional, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en el artículo 12 que: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, ni su familia, ni cualquier entidad, ni de ataques a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.” 
Resguardan los mismos derechos el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el art. 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). 
Por las razones expuestas, la nota dirigida al intendente, en tanto responsable del accionar del personal municipal, le solicita informe sobre el objetivo perseguido con la obtención de las imágenes y el destino que se les dio, así como también quién dio la orden de registrarlas. 
Finalmente, la Colectiva advirtió que analizará el curso de acción a tomar toda vez que, más allá de la expresada ilegalidad del accionar del funcionario municipal, estas maniobras importan actos intimidantes que vulneran el derecho a la libertad de expresión y reunión.  
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